En el artículo anterior hablábamos del uso ilegal que algunos clubes realizan del contrato federativo con el conocimiento y consentimiento de la LNFS, como ocurría en el caso de Paulinho, y acompañábamos los documentos que acreditaban dicha afirmación. En el presente artículo haremos lo mismo con la Comisión Mixta.

Debemos comenzar indicando que la Comisión Mixta del Fútbol Sala, que es una pobre imitación de la existente en el mundo del fútbol tanto en primera como en segunda, surgió hace tres años por impulso de don Javier Lozano alegando que era la manera de solucionar los problemas del fútbol sala. 
La AJFS estuvo de acuerdo con la creación de la Comisión Mixta, pues iba en la línea de sus reivindicaciones a fin de evitar que los clubes que adeudaban salarios a los jugadores continuaran en competición si antes no habían abonado o garantizado los salarios que la Comisión Mixta aprobara como adeudados.
Sin embargo, esta idea que era buena y que funciona bien el mundo del fútbol se vio distorsionada por la LNFS con la complicidad del Comité Nacional de Fútbol Sala (CNFS) quedando reducida a una Comisión que sirve únicamente para limpiar la cara de la LNFS quien utiliza la misma para dar la falsa impresión de que en el fútbol sala no hay deudas. El procedimiento es el siguiente:
1.- Lo primero fue crear un Reglamento según el cual la Comisión Mixta está constituida por dos miembros de la LNFS, dos miembros del CNFS y … uno de la AJFS. El CNFS, vota siempre a favor de la LNFS. En contra de la paridad requerida por la normativa de la Federación, el voto de cada uno de los miembros tiene el mismo valor.
Por esta razón es imposible que salga adelante ninguna propuesta de la AJFS (que cuenta con un solo miembro) pues está en inferioridad total frente a la LNFS y al CNFS (que tienen dos miembros cada una). Cuatro frente a uno.
Como documento nº 1, se adjuntan los artículos 57 a 62 del Reglamento General de la RFEF que regula las Comisiones Mixtas, entre ellas la del Futbol Sala, cuyo artículo 58 fija el número de miembros de la Comisión Mixta del Fútbol Sala.
2.- Iniciado el funcionamiento de la Comisión Mixta ésta decidió, con el voto en contra de la AJFS, que sólo se aceptarían los contratos federativos y que los contratos reales no se tendrían en cuenta.
El contrato federativo es lamentablemente en muchas ocasiones (y como vimos en el artículo anterior) un contrato simulado que sellan los Clubes en el Ministerio de Trabajo y que recoge como salario una cantidad inferior a la real. Como la LNFS sólo admite el contrato federativo, todas las cantidades recogidas en el contrato real no las acepta la Comisión Mixta y no figuran a efectos de la LNFS como deudas.
3.- En el caso de Paulinho, éste reclamó al Club Associació Esportiva Manacor, hoy día llamado Club Palma Futsal, el pago de la cantidad de 45.000,00 euros correspondientes a la temporada 2011/2012 en base a su contrato real.

La LNFS y la Comisión Mixta, con la oposición de la AJFS, sólo reconocieron la cantidad reflejada en el contrato federativo, 7.500 euros anuales, a razón de 500 euros al mes.

Se adjunta como documento nº 2, el contrato real de Paulinho con el Club Palma Futsal, como documento nº 3, el contrato federativo y como documento nº 4, la reclamación presentada por Paulinho ante la Comisión Mixta.
4.- Era evidente que en el caso Paulinho el Club Palma Futsal estaba cometiendo una irregularidad y que la presentación del contrato federativo en la Comisión Mixta sólo tenía por objeto no pagar a Paulinho su salario.
Tanto la LNFS como el CNFS lo sabían y a pesar de ello votaron dar por bueno el contrato federativo y considerar que el Club Palma Futsal había pagado todas sus deudas, conscientes como eran de la grave irregularidad existente, como posteriormente puso de manifiesto la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Palma de Mallorca, de la que se adjunta copia como documento nº 5 y, que, en relación al contrato federativo, dice: “En el presente supuesto se considera por la que suscribe que concurren los presupuestos para que pueda determinarse la existencia de una simulación contractual en el contrato federativo suscrito el 1 de enero de 2011, el cual trataría de enmascarar, ocultándolo frente a la Federación de Fútbol y organismos públicos oficiales, el verdadero contenido de la relación laboral mantenida entre las partes, tal como fue definida y configurada en el contrato de 1 de julio de 2009, especialmente en el ámbito retributivo”.
5.- En el caso concreto de la sentencia de Paulinho el Sr. Lozano en sus declaraciones a IB3 Radio Islas Baleares manifestó que:
         “Otra cosa es Paulinho. Nosotros tenemos una Comisión Mixta con los jugadores y Federación, y con todos los contratos depositados en la liga, en base a ese acuerdo damos 15 días al club para pagar, si se demuestra que no lo ha pagado, pero el contrato que ha presentado Palma Futsal está liquidado, igual que con Pato en la Federación ……. y si hay un tema extradeportivo o extrainstitucional que se va vía juzgados que lo resuelvan los juzgados”.
Fíjense como, a pesar de tener conocimiento de las sentencias de Pato y Paulinho condenatorias del Club Palma Futsal, sigue haciendo hincapié en la existencia de la Comisión Mixta para defender que el Club Palma Futsal es un Club que no tiene deudas. Es decir, se muestra su firme y decidida voluntad de la LNFS de seguir amparándose en el contrato federativo y en la Comisión Mixta para seguir excusando la obligación legal, moral y ética que tiene el Club Palma Futsal de pagar las deudas con sus deportistas. Es bastante reprobable, en nuestra opinión.
Adjuntamos como documento nº 6, el audio con la entrevista que el periodista de IB3 Radio de las Islas Baleares realiza al Sr. Lozano y las manifestaciones de éste. Como documento nº 7, adjuntamos la transcripción escrita de dicha entrevista.
6.- La segunda decisión que tomó la Comisión Mixta, también con el voto en contra de la AJFS, fue que no se aceptaban las reclamaciones de aquellos jugadores que no tuvieran licencia profesional, con independencia de cuál fuera la cuantía de su contrato.
De esta manera muchas de las reclamaciones de los jugadores de Primera División y la mayoría de las reclamaciones de los jugadores de Segunda División no serían atendidas bastando para ello que los Clubes no tramiten la ficha del jugador como profesional y lo hagan como aficionado.
El número de licencias profesionales exigidas en Primera División varía según los años (lo cual es llamativo porque todos deberían ser profesionales) mientras que en Segunda División los Clubes no tienen obligación, salvo casos concretos, de que sus jugadores tengan licencia profesional.
7.- ¿Cuál es la actitud de los Clubes? Unos son honrados, pero otros aprovechan todas estas facilidades que les da la LNFS bien para impagar el salario de sus jugadores o bien para pagar a la Seguridad Social menos cuota de la que les correspondería. Con esta conducta de la Comisión Mixta, es de agradecer que sus resoluciones en nada vinculen a nuestros Tribunales y se dicten sentencias devolviendo los derechos robados al jugador, tenga o no licencia.
8.- Desde el primer momento la AJFS mostró su desacuerdo con el hecho de que la Comisión Mixta no tuviera en cuenta el contrato real y que tampoco tuviera en cuenta la reclamación de los jugadores sin licencia profesional.
Se adjunta como documento nº 8, el Acta de la Comisión Mixta de fecha 27 de junio de 2012 en la que consta el voto en contra de la AJFS manifestando que:
“La AJFS quiere hacer constar su desacuerdo con la Comisión Mixta, principalmente, por que solamente se tiene en cuenta el contrato federativo de los jugadores y no se admiten los contratos privados que establecen jugadores y Clubes y en segundo lugar, porque no se entre a valorar las reclamaciones de jugadores que no tienen licencia profesional”.
En dicho Acta consta igualmente que:
    – la Comisión Mixta no tuvo en cuenta el contrato real de Paulinho, lo que supuso que el Club Manacor FS, hoy Palma Futsal, continuara en competición a pesar de no pagar Paulinho el salario que realmente le debía, como así lo dictaminó el Juzgado de lo Social de Palma de Mallorca.
    – la Comisión Mixta no tuvo en cuenta la reclamación de aquellos jugadores que tenían licencia aficionado, algunos de ellos con salarios superiores a 800 euros. Dichos jugadores son profesionales aunque su licencia sea de aficionado y así lo viene declarando reiteradamente la jurisprudencia de los Tribunales.
9.- Posteriormente, la AJFS mostró a la RFEF su desacuerdo con el funcionamiento de la Comisión Mixta presentado un escrito, que se adjunta como documento nº 9, en el que solicitaba que: “que la Comisión Mixta conozca de todas las reclamaciones por las obligaciones económicas contraídas por los Clubes con sus jugadores de fútbol sala”.
Paralelamente, la AJFS comunicó al Comité Nacional de Fútbol Sala que no presentaría denuncias ante la Comisión Mixta mientras no se corrigiera el mal funcionamiento que, en opinión de la AJFS, presenta a día de hoy la Comisión Mixta.
10.- En resumen, debemos reiterar que la Comisión Mixta, tal como está hoy funcinando, es un órgano que no resuelve las reclamaciones de los jugadores y que sólo sirve para la lavar la imagen de la LNFS haciendo creer que no hay deudas en el fútbol sala, cuando la realidad es que éstas son enormes y son escondidas por la LNFS mediante el rechazo, por un lado, del contrato real firmado entre jugadores y clubes y el rechazo, por otro lado, de las reclamaciones presentadas por los jugadores sin licencia profesional, a sabiendas de que ello va en perjuicio de los jugadores y de que, en ocasiones, se utiliza para cometer irregularidades en materia de Seguridad Social.
    Lo repetimos, el comportamiento de la LNFS en este tema opinamos que es muy poco ético y absolutamente contrario al principio de responsabilidad social corporativa que debe presidir toda organización y más aún en su caso y en el de la LNFS cuyo comportamiento y valores deben ser y un referente para el mundo del deporte, los jóvenes y la sociedad.