El Sindicato de Jugadores de Fútbol Sala (AJFS) ha acordo convocar huelga de jugadores para las cuatro primeras jornadas en la Primera División, la máxima categoría del fútbol sala español. El motivo es negociar la firma definitiva de un Convenio Colectivo digno que erradique las malas prácticas de los clubes incumplidores para garantizar la prestación de servicios de los jugadores a los clubes en condiciones mínimas de dignidad y con protección de sus derechos laborales.

RECLAMACIONES:

Incluir a todos los jugadores de fútbol sala que, en su prestación de servicios, reúnen los requisitos del RD 1006, tengan o no licencia, sean considerados o no por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) como profesionales. Por lo que deberá incluirse una reseña en el nuevo Convenio

2º Garantizar el salario y pago de cualquier cantidad debida por los Clubes a los Jugadores.

    1. Que la Comisión Mixta otorgue una posición de paridad a la AJFS con la LNFS, sin interferencias de terceros, en cumplimiento del artículo 57.1 del Reglamento General de la RFEF para integrarla en el nuevo Convenio Colectivo y en el mismo se recoja el valor de los votos de sus miembros actuales, disponiendo 3 votos para AJFS, 3 votos para la LNFS, y derecho de asistencia pero no de voto a los representantes de la RFEF.
    1. La inclusión en el Convenio Colectivo de un Fondo de Garantía dotado por la LNFS, similar al que existe en otros Convenio Colectivos del Deporte, como fútbol, para hacer frente a las deudas que los Clubes generan con los Jugadores durante la temporada, responsabilizándose del cumplimiento de las obligaciones económicas de los clubes con los jugadores.
    1. Establecimiento de avales que garanticen el cumplimiento de las obligaciones económicas con los jugadores de los clubes incumplidores en temporadas pasadas. Sugiriendo baremos por temporadas contra los clubes morosos y sin penalización hacia los que cumplen con sus compromisos pecuniarios.

3.- Creación de un Fondo Social. El objetivo de la AJFS es defender las necesidades y derechos de sus afiliados, entre otros. La LNFS dotará de dicho fondo de forma anual en beneficio de la AJFS.

4.- Copia de los contratos de trabajo de los jugadores de futbol sala, tanto federativos como privados, para la AJFS. Del mismo modo, los Clubes deberán remitir a la AJFS una copia de los contratos no federativos o anexos a los contratos federativos que puedan firmar con los futbolistas. La Comisión Mixta deberá tener en cuenta ambos contratos, en caso de no coincidir.

5.-Respeto del salario mínimo interprofesional. Que la LNFS tutele su cumplimiento.

6.- Establecimiento de un procedimiento abreviado de extinción del contrato de trabajo por el jugador en supuestos de impago, que se tramite y resuelva en el seno de la Comisión Mixta.

7.- Fijación del calendario de competición por la LNFS previo acuerdo con la AJFS.

Calendario de huelga:

    • Días 11 y 12 de septiembre. Iniciándose a las 00 horas del día 11 y finalizando a las 24 horas del día 12 de septiembre.
    • Días 18 y 19 de septiembre. Iniciándose a las 00 horas del día 18 y finalizando a las 24 horas del día 19 de septiembre.
    • Días 25 y 26 de septiembre. Iniciándose a las 00 horas del día 25 y finalizando a las 24 horas del día 26 de septiembre.
    • Días 2 y 3 de octubre. Iniciándose a las 00 horas del día 2 y finalizando a las 24 horas del día 3 de octubre.

Si la LNFS modificará la fecha de los partidos establecidos en el calendario oficial se considerará que se está vulnerando el derecho fundamental a la huelga. La AJFS se reserva el derecho a modificar el día de huelga, respecto del día de la competición y equipo deportivo al que se haya modificado la fecha del partido, fijándolo en la nueva fecha en que se haya establecido el partido.

El acuerdo favorable a la Convocatoria Huelga fue unánime con 186 votos a favor, 0 en contra, 1 voto en blanco y 0 abstenciones.

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Madrid, 31 agosto 2015. Asociación Jugadores Fútbol Sala